Barracas de Can Valero Petit, Montjuïc.

domingo, 25 de septiembre de 2016

La cosa está jodida, así que no se me equivoquen.


La Agencia Tributaria Catalana, entidad que depende de la Generalitat, ha dado orden para que no se devuelvan los ingresos indebidos que hacen los contribuyentes. Pese a tener una sentencia en su contra del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) por esta cuestión, la administración catalana persiste en su actitud e incluso da instrucciones en ese sentido.
Después del fallo judicial, en julio de 2013, altos cargos de la Agencia Tributaria de Cataluña han seguido dando consignas para que no se abonen estas cantidades a las que el contribuyente tiene derecho, según el artículo 221 de la Ley General Tributaria 58/2003. Se aplica esta norma porque en la mayoría de los casos se trata impuestos cedidos por la administración central.
Dichas órdenes constan en un correo electrónico enviado por el delegado territorial en Barcelona de la Agencia Tributaria de Cataluña, Víctor Pàmias, al que ha tenido acceso El Confidencial. También en una carta al conjunto de la organización de liquidación.
Los ingresos indebidos se producen en cualquier administración tributaria cuando el contribuyente paga por error de más y es detectado por los funcionarios en la revisión de su expediente. Los casos típicos son aquellos en los que el ciudadano no se ha aplicado la deducción correcta o en los que el gestor y el contribuyente han pagado por el mismo concepto, por ejemplo.
L'Agència Tributària Catalana, entitat que depèn de la Generalitat, ha donat ordre perquè no es retornin els ingressos indeguts que fan els contribuents. Malgrat tenir una sentència en contra seva del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) per aquesta qüestió, l'administració catalana persisteix en la seva actitud i fins i tot dóna instruccions en aquest sentit.
Després de la fallada judicial, al juliol de 2013, alts càrrecs de l'Agència Tributària de Catalunya han seguit donant consignes perquè no s'abonin aquestes quantitats a les quals el contribuent té dret, segons l'article 221 de la Llei General Tributària 58/2003. S'aplica aquesta norma perquè en la majoria dels casos es tracta impostos cedits per l'administració central.
Aquestes ordres consten en un correu electrònic enviat pel delegat territorial a Barcelona de l'Agència Tributària de Catalunya, Víctor Pàmias, al que ha tingut accés El Confidencial. També en una carta al conjunt de l'organització de liquidació.
Els ingressos indeguts es produeixen en qualsevol administració tributària quan el contribuent paga per error de més i és detectat pels funcionaris en la revisió del seu expedient. Els casos típics són aquells en els quals el ciutadà no s'ha aplicat la deducció correcta o en els quals el gestor i el contribuent han pagat pel mateix concepte, per exemple.

20 comentarios:

  1. La notícia és de març de 2014

    http://etributs.gencat.cat/es/detalls/Tramit/Sollicitar-la-devolucio-dingressos-indeguts

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  2. La notícia del Confidencial parla tota l'estona de L'Agència Tributària "en" Cataluña, no pas "de" Cataluña. La AEAT es la Agencia Tributaria espanyola que no té res a veure amb la Generalitat.

    La notícia és del març del 2014, parla de fets del 2011 i el correu que mostres es de data del juny del 2014. Disculpa, però no entec res.

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  3. La sentència del TSJC només parla de la AEAT.

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  4. AH! vol dir que la culpa és de Madrit.....santa Rita santa Rita lo que se da no se quita,

    SALUT I PACIÈNCIA

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  5. Correcte, FRANCESC PUIGCARBó, aixó vol dir que la culpa és de Madrit.

    I això que no entens gens, EL PELETERO, tampoc ho entenc jo.
    Jo poso el que hi ha, No poso d'on ve la cosa. Jo el que poso és el que et passarà si et cobren duplicada una multa de carretera (que si se que ha passat) per error (suposo) els Mossos en la Nacional anant de camí a Tordera, per exemple.
    Multes que són petites (algunes no) i que porten aparellades el dret de la NO devolució de l'import a no ser per ordre del jutge.
    Ho entens ara?
    El que et poso és d'on ve l'ordre perquè la devolució es quedi paralitzada.
    El que et poso és el perquè no se't retorna la pasta.
    Què entens que he posat ?
    He posat que la cosa està fotuda, gens més. I que no se m'equivoquin, perquè almenys per aquí (és de qui sigui la culpa, de Barcelona , de Madrit o de Cadiz, no se li retornarà els diners, per molt que tingui raó.
    Ho has entès ara ?

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  6. Y dos, EL PELETERO.
    Tan se me da si la noticia es del Confidencial o del Ara o del Mundo.
    O si es del 2014 o del 2016.
    Lo que no se me da igual es que la noticia (tu la tildas de antigua por lo que veo) no está revocada por la Generalitat, y por lo tanto ya invalidada, por lo que continua en activo la no devolución.
    Pongo el porqué no recibirás la notificación del cargo a tu favor del cobro duplicado (por error) de una multa impuesta en Catalunya, léase multa de carretera, pago de plusvalías o cualquier otra en donde la Generalitat tenga atributos, a no ser por orden judicial.

    Si tienes noticias de que la devolución de los importes cobrados por error (duplicados, por ejemplo) está ya en marcha, házlo saber.
    Gracias

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  7. Bon dia Miquel.

    Y del impuesto de sucesiones, donde más se paga de españa, es en Catalunya.

    http://www.publico.es/economia/ricos-pagan-hacienda-17-del.html

    Buen domingo, un abrazo.

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  8. Pero si el caso es el opuesto, que no pagas lo que te pertoca por ley, te embargarán inmediatamente sin posibilidad de recurrir.

    Y Trinidad tiene toda la razón, heredar en Cataluña es carísimo. El empresariado de las PYMES ya dió la alarma hace un par de años sobre la desaparición de las pequeñas empresas afectadas por una herencia.

    Al final, uno llega a la conclusión de que la única manera de solucionar esto es con una revolución al estilo de la rusa, bayoneta en ristre.

    Un abrazo.

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  9. Hay demasiadas agencias tributarias y demasiados malabaristas de los dineros que pagamos los contribuyentes. ¡Pandilla de chorizos!
    Salud

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  10. En esto llevas toda la razón,Miquel.Por ahora,hasta que se establezca la República Catalana
    Independiente,la Generalitat actúa de representante y delegada del Reino de España,por lo que
    tiene que acatar de forma positiva,las leyes del Estado(que poco me gusta esta palabra).No
    lo hace,en este caso ni en otros,que sería actuar rápidamente y solucionar
    las duplicaciones en el pago y en los errores a favor del contribuyente.Deben pensar,dineros
    que entran dineros que se quedan.Esto de tributos del Estado y de la Comunidad,no me gusta nada,me complican la vida,me dá la impresión que muchas veces pago el doble por lo mismo.

    El problema es que no se sienten administradores,sino estados,con sus banderitas,himnos sagrados y su patriotismo histórico...Y nosotros súbditos,en lugar de "paganos".Al final,le
    doy la razón a Rodericus y tendremos que salir con bayonetas de juguete,repartiendo caramelos,
    a ver si jugando como niños se ponen de acuerdo las distintas Administraciones.
    Saludos."ben"

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  11. Realmente grandioso. Para mesarse las barbas. Al final, si apartamos las banderas y los rituales, la casa sigue sin barrer, que es lo realmente importante.
    Un saludo, Miquel.

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  12. Sin ninguna duda, MTRINIDAD, sin ninguna duda.
    Lo digo por experiencia propia. Simplemente te diré que mi hijo se ha casado hace un par de años, y para arreglar los papeles de un piso y tramitarlos a su nombre, el gestor y el Notario ya me lo adviertieron.
    Son insaciables.
    Salut

    Y te cobrarán el 20% de recargo, RODERICUS.
    Salut.

    Pandilla ¡¡¡. Pero lo cojonudo, FRANCESC CORNADó, es la importancia que le damos a la fecha. Si el asunto está si la premisa está revocada o no. Si tiene validez o no. Si está anulada o no.
    Y que cada Comunidad, si es que sucede en otras, aguante sus chorizos. Lo que está claro es que en la nuestra sucede y que por eso no recibes lo que por error, insisto, te hayan podido cobrar de más.
    Salut

    Claro, BEN ¡.
    Es que sucede que uno sabe que las reclamaciones son lentas, pero lo que no sabe es que NO LAS VAS A COBRAR, porque hay una circular firmada y sellada por el departamento pertinente.
    Y que con fecha del año 14, ya estamos en el 16, ya puedes ir esperando.
    Salut

    La cosa tiene su tela, CAYETANO GEA.
    Salut

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    Respuestas
    1. Hola.
      A día de hoy es todavía peor.
      Se dedica a emitir liquidaciones que son verdaderas confiscaciones de ahorro de los contribuyentes.
      Tengo una a mi nombre que estoy recurriendo.
      y por supuesto no devuelven ni siquiera las solicitudes que entran los contribuyentes.
      Mi tel. 656853193

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  13. A ti claro que te entiendo Miquel, se te entiende todo.

    Yo me refería a lo siguiente y espero, modestamente, que, en este caso, también me entiendas tú a mí.

    En tu post dices que:

    “La Agencia Tributaria Catalana, entidad que depende de la Generalitat, ha dado orden para que no se devuelvan los ingresos indebidos que hacen los contribuyentes. Pese a tener una sentencia en su contra del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) por esta cuestión, la administración catalana persiste en su actitud e incluso da instrucciones en ese sentido.”

    El enlace (enlace que pones tú) nos remite a una noticia de El Confidencial de marzo del 2014 donde no se habla en ningún momento de la Agencia Tributaria Catalana dependiente de la Generalitat. Y sí de la delegación catalana, de la Agencia tributaria española. Y la sentencia del TSJC no es en contra de la Agencia Tributaria Catalana, si no de la Delegación catalana de la Agencia Tributaria española.

    El correo y la carta posteriores, que también nos muestras, sí pertenecen a la Agencia Tributaria catalana dependiente de la al artículo 221 de la Ley Generalitat. En estos correos sí se hace mención al quid de la cuestión, la devolución, o no, de oficio. En el correo que envía Víctor Pamias Muñoz, se hace referencia de manera ambigua a la cuestión al negar esa devolución de oficio en algunos casos y remitirse, al mismo tiempo, al artículo 221 de la Ley General Tributaria 58/2003. Que dice en su punto primero:

    1. El procedimiento para el reconocimiento del derecho a la devolución de ingresos indebidos se iniciará de oficio o a instancia del interesado, en los siguientes supuestos: (Siguen los supuestos)

    Al ser la noticia de marzo del 2014, y al hacer referencia a hechos del 2011, incluida la sentencia del TSJC (que sólo afecta a la AEAT), y el correo y la carta de junio del 2014, creo modestamente, que la noticia como tal necesita un seguimiento para ver cómo están las cosas en este momento. La web está llena de noticias que ya no lo son y que se presentan como si lo fueran, noticias y hechos sin contrastar y sin haberles hecho el seguimiento oportuno y correcto. En una noticia, por el hecho de serlo, son muy importantes las fechas y en los hechos mencionados la buena relación lógica entre ellos y el ordenamiento correcto de todo ello, en las fechas y en los hechos. Si no, la mezcla de noticias se puede convertir en una especie de ensaladilla rusa.

    En los comentarios que hacen los lectores de la noticia de El Confidencial sigue la confusión de identificar la Delegación catalana de la Agencia Tributaria española con la Agencia Tributaria catalana de la Generalitat. Parece que al leer Cataluña, o catalana, a más de uno se le disparan todos los resortes.

    Pero al menos uno de los comentaristas se atreve a leer la noticia al revés y decir, refiriéndose a otro comentarista que: “A ver, como no se entera se lo explico: la AEAT es un organismo del Estado formado por funcionarios estatales que recauda para el estado español.
    La noticia es al revés de como la ha querido leer Vd. Es solo en Catalunya donde parece que el Estado no devuelve lo que debería.”

    ¿Existe alguna sentencia del TSJC parecida a la anterior referida a la Agencia tributaria Catalana de la Generalitat en relación a esta cuestión?

    La web, como comentábamos en casa de Francesc, se ha convertido en un campo de batalla donde la mayoría de noticias que aparecen lo que pretenden es convertirse en consignas y en desinformar. En el comentario que yo le ponía, decía:

    A la web tothom opina i diu la seva i, com deia en Clin Eastwood, les opinions són com el cul, tots en tenim un. I en aquestes opinions hi és tot, prejudicis, fòbies i fílies, absolutament tot, un gran parc temàtic. Es veu d'immediat de quin pal va cadascú. La web s'ha tornat una gran bronca de bar. I tots en som responsables. O no.

    Esto es lo que pienso y no que la culpa sea de Madrit.

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  14. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  15. No se si desinformar es poner lo que hay en un acta con memebrete y unas consignas dadas?, porque si te das cuenta remito un impreso que seguro que en cada Comunidad (lo he puesto abajo) tendrá su historia.
    No se si esto es la barra de un bar?
    Si se quien hay detrás de cada persona, porque aquí no hay anónimos, EL PELETERO, y además, te aseguro que lo que hay son personas con mucha, mucha cultura.
    Por otro lado, a mi, como bien dices, se me entiende todo, en eso estamos iguales, porque como bien dices : " . Es veu d'immediat de quin pal va cadascú."

    Esto es lo que pienso, y como tu, no creo que la culpa sea se Madrit.
    Salut

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  16. En dos cosas estamos de acuerdo completamente, TOT BARCELONA, la primera es que las personas que participan en tu blog son respetables, que las conoces a todas y, como tu afirmas, personas de mucha cultura, y la segunda es que la culpa no es y no debe ser nunca de los demás, la culpa o la responsabilidad de nuestros actos y las consecuencias de ellos es siempre y solamente nuestra, de nadie más.

    Salut, TOT BARCELONA

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  17. De todas formas, sea quien sea, la AET o la Agencia Tributaria de Catalunya, lo que refleja este correo electrónico solo tiene un nombre : prevaricación ( dictar sentencia injusta a sabiendas, o comportamiento legal viciado ).

    Me importa un bledo si son los de la Plaça de sant Jaume o los de La Moncloa.

    Porque todos pertenecen a la misma hermandad : Chorizos Sin Fronteras.

    Abrazos a todos

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  18. Cuando las autoridades públicas se pasan las leyes por el arco del triunfo, cuando invocan las leyes solo en el caso de de que sean favorables a sus intereses, provocan la indignación de la gente, sí, pero también algo peor: demuestran que son una mafia que merece nuestro desprecio.
    Casos como ese, y tantos otros, me reafirman en que se ha pulverizado la confianza en los poderes públicos. Me acuerdo de Thoreau y yo también quiero ser insumisa civil y dejar de pagar impuestos que administran sin equidad ni sentido común.

    Abrazos

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  19. Contigo RODERICUS.
    Salut

    AMALTEA. Gracias por tu comentario.
    estoy con tus palabras.
    Salut

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