Sé que esta entrada es larga, es compleja, y es hasta cierto punto cansina, pero es lo bueno, que los datos no son errados y que nos dan pie para que podamos opinar sin miedo a que sean falsos.
El Ejecutivo vasco arrebata a Hacienda todo el IVA que paga Coca-Cola en España
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Victoria histórica del Gobierno vasco, en este caso, la Hacienda Foral de Vizcaya, contra Hacienda, en un conflicto que muestra los problemas que puede plantear el cupo vasco —que ahora Cataluña quiere imitar— en las arcas públicas. En un varapalo sin precedentes a la Agencia Estatal Tributaria (AEAT), el Tribunal Supremo (TS) ha dado la razón a la Hacienda vasca y a Coca-Cola y sus filiales en España a cuenta de quién ingresa e inspecciona los impuestos, en un conflicto de competencias que parte del IVA multimillonario que genera la multinacional en nuestro país. La disputa también afecta al Impuesto sobre Sociedades y al Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).
La sentencia resuelve que Vizcaya debe ingresar "el 100% del IVA" repercutido de la venta de todo el concentrado base con el que se fabrica la Coca-Cola. Esto es porque este concentrado se gestiona y se vende al resto de empresas vinculadas, meras embotelladoras, desde la planta de Bilbao, de la filial Norbega.
Así se viene haciendo desde que en 2013 Coca-Cola reorganizó su estructura en España, decisión que ahora queda ratificada con la citada sentencia del TS. Además, Vizcaya también ingresará el Impuesto sobre Sociedades y IRNR. De entrada de momento, los efectos del fallo son que la Hacienda Foral ingresará cerca de 700 millones de euros, según ha calculado el Gobierno vasco.
Con este esquema, el grueso de la tributación en España se realiza en la Hacienda Foral, un modelo que otras empresas también contemplan y que en ocasiones les permite facturas tributarias más baratas y, sobre todo, que no les inspeccione la Agencia Estatal, considerada mucho más estricta y menos flexible y accesible.
Coca-Cola cuenta ahora mismo con seis plantas de refrescos repartidas por España, ubicadas en A Coruña, Bilbao, Barcelona, Valencia, Sevilla y Tenerife. Cinco de ellas son solo embotelladoras, mientras que la de Norbega, en Bilbao, gestiona en solitario la compra y el reparto del citado concentrado base, motivo al que se agarra el Gobierno vasco para justificar que el IVA debería cobrarse en la Hacienda Foral de Vizcaya, por tener fijada su residencia en ese territorio foral. El concentrado llega desde el extranjero hasta la fábrica de Norbega; ésta lo recibe, lo gestiona y se encarga de enviarlo al resto de plantas, actuando como la base principal para Coca-Cola Europacific Partners.
La compañía de bebidas estadounidense alude a esta sentencia en sus resultados del primer semestre y apunta a que, además del reembolso que le va a hacer la AEAT, cifra que de entrada alcanza los 250 millones de euros, debe ingresar a la Diputación de Vizcaya otros 280 millones por "posiciones contables previamente reconocidas". "La decisión del Tribunal Supremo confirma el principio de neutralidad del IVA en litigios jurisdiccionales", señala.
La reestructuración de Coca-Cola en España, origen del conflicto
El origen de los conflictos trae causa en la reestructuración en 2013 del grupo mercantil Coca Cola en España y su efecto en el IVA. Hasta junio de 2013, The Coca-Cola Company, propietaria de las marcas Coca-Cola y su filial The Coca-Cola Export Corporation, tenían suscritos contratos de embotellador por los que concedían, a cada una de sus filiales en España, el derecho a embotellar y comercializar sus productos en una determinada región del territorio, bajo ciertos términos y condiciones.
En ese momento, en junio de 2013, las fábricas de bebidas -Cobega embotellador, Compañía Castellana de Bebidas Gaseosas, Refrescos Envasados del Sur, Bebidas Gaseosas del Noroeste, Compañía Asturiana de Bebidas Gaseosas, y Compañía Levantina de Bebidas Gaseosas- pasaron de ser embotelladoras independientes a meras delegadas de la primera filial del grupo en España y Norbega pasó a encargarse de gestionar de forma centralizada la compra del concentrado y de su transporte al resto de fábricas de la Península, por considerar, según sus manifestaciones, que el puerto de Galdácano (Vizcaya) era el punto estratégico más razonable para su recepción.
La consecuencia de dicha reestructuración radica en que la filial Norbega es la que asume en exclusiva las adquisiciones intracomunitarias de concentrado base, repercutiendo posteriormente el IVA a las embotelladoras en España por las ventas de concentrado. Como consecuencia, Norbega declaró la realización de la adquisición intracomunitaria de bienes de todo el concentrado base (operación que es neutral porque el IVA soportado por autorepercusión es deducible) e ingresa en la Diputación de Vizcaya el 100% del IVA repercutido por la venta del mismo al resto de filiales. "Esto ha supuesto un gran incremento de la recaudación por IVA de la Diputación Foral respecto a la situación precedente", subraya el Supremo.
A raíz de esta reorganización empresarial, la AEAT inició actuaciones de comprobación frente a las entidades del nuevo grupo. La Junta Arbitral del Concierto Económico sostiene que es la primera filial, actualmente Coca-Cola Europacific Partners, quien realmente efectúa las adquisiciones intracomunitarias del concentrado y las posteriores entregas interiores del mismo a las filiales (incluida la propia Norbega), bajo la justificación de que se incorpora la marca junto con la entrega del concentrado, con lo que los servicios que prestaría Norbega no son reales. Cuestion está que fue objeto de un litigio entre Coca-Cola y la AEAT y en la que la AEAT también perdió debido a que utilizó comparables secretos en su fundamentación.
En cambio, la Diputación de Vizcaya alega que Norbega soporta los gastos y los riesgos derivados de la adquisición por su parte del concentrado en cuestión y presta los servicios y que la primera filial en España carece de medios personales y materiales necesarios para la actividad.
El Alto Tribunal denuncia argumentos "insuficientes"
En esta sentencia, el Supremo resuelve tres recursos acumulados de la Diputación de Vizcaya y las compañías contra la resolución de la Junta Arbitral del Concierto Económico núm. R27/2022, de 26 de julio de 2022, dictada en 18 expedientes de conflicto de competencias acumulados que planteó la Diputación Foral contra la AEAT.
El Alto Tribunal ha interpretado la Ley del Concierto Económico con el País Vasco y considera que la Junta se ha extralimitado y afea a la Abogacía del Estado que sus argumentaciones son "insuficientes" y en algunos casos "sin justificación alguna".
El propio TEAC ya avanzó que el contribuyente hizo un esfuerzo probatorio no respondido de manera suficiente por la AEAT. La actuación del Fisco estatal incluyó silencio positivo y un cambio de posición respecto a una consulta vinculante. El TS impone a la Junta Arbitral costas de 4.000 euros por cada una de las partes recurrentes.
Por otro lado, la anulación de la sentencia de las actas de la AEAT sobre el IVA también se extiende al Impuesto sobre Sociedades por la insuficiente motivación de la Inspección sobre la inexistencia de la prestación de servicios de intermediación por parte de Norbega a la primera filial y a las embotelladoras y viceversa.
Sobre la adquisición intracomunitaria del concentrado a efectos del IRNR, la Abogacía del Estado defendía que el usuario de las marcas es la primera filial, que es quien está autorizada para su uso, y recuerda que dicha entidad es de competencia inspectora estatal. Defiende que el pago del concentrado se encuentra incluido en el pago del canon por la marca, pues quien usa la marca es The Coca-Cola Company y es ésta la que soporta los costes del concentrado y satisface el precio.
Sin embargo, el TS entiende que en la medida en la que la primera filial no realiza ningún pago a no residentes por la adquisición del concentrado, la administración competente para la comprobación del IRNR debe ser igualmente la Diputación de Vizcaya.
La Hacienda estatal abrió en 2012 un conflicto de competencias por el IVA de las exportaciones de Volkswagen, por el que reclamaba a Navarra más de 1.500 millones. El origen es una triangulación en la que la comunidad foral ingresaba el IVA y lo devolvía el Estado, al entrar en juego una filial de la compañía en territorio común. Pero la AEAT no llegó hasta el final y se lo 'perdonó'.
El cupo Vasco no té res a veure amb el finançament de Catalunya o la condonació del deute del FLA, curiosament, la comunitat més beneficiada per la condonació del deute és Andalusia, seguida de Catalunya i València.
ResponderEliminarSalut.
No tinc idea de lleis, Francesc, vagi el tema al davant, però se'm fa poc solidari que perquè el beuratge de la Cocacola es distribueixi tot al País Basc i des d'allà passi a la resta de les embotelladores d'Espanya, sigui allà on l'iva es quedi i no es retorni a les arques de l'Estat perquè els redistribueixi a la resta.
EliminarSi hi anem, els litres que es beuen d'aquesta beguda a tot Espanya superen amb escreix el que es poden beure a les Vascongadas.
No ho trobo lògic. Aquest és el motiu d´aquesta entrada.
Las leyes de la termodinámica dicen que:
ResponderEliminarLa energía no se crea ni se destruye, solo se transforma de una forma a otra......."
Es decir si a fulano se la rebajo a mengano se la aumento, esto es un juego de palabras para despistar al personal. Pero el pufo sigue estando.
Para mí, ANÓNIMO, el hecho de que Vizcaya recaude el 100% del IVA de Coca-Cola vendido en toda España puede considerarse insolidario con el resto de las comunidades autónomas, porque supone que una gran parte de los impuestos generados por el consumo nacional de la marca terminan financiando solo el territorio foral. Es, sin duda, de insolidaridad fiscal porque, a mi modo de ver, desvía impuestos, genera una escala nacional hacia un solo territorio, en vez de repartirlos equitativamente según la actividad y el consumo en cada comunidad autónoma.
EliminarSalut
No sé cómo se las apañan para medrar a costa del resto de las comunidades, pero es innegable que si País Vasco y Cataluña fueran independientes no les habría ido tan bién como ir creciendo bajo la sombra del estado central. Y eso desde el siglo XIX para acá.
ResponderEliminarSaludos.
Esto del iva no devengado y el porqué de ciertos privilegios me tiene en fuera de juego, Cayetano.
EliminarSalut
No bebo Coca cola, que me resulta un jarabe con exceso de azúcar, muy peligrosa para los niños y supermayores.
ResponderEliminarDe lo que dices, tiene su lógica, repartir, pero la estructura política española, es la que es,así que como no entiendo de impuestos, sino que los sufro, me aguanto. Pero no me gusta leer que si el País Vasco, que si Cataluña, que si Andalucía son los malos. Al final nos vamos a cabrear todos
El tema no habla de malos, ni de buenos, sino del reparto equitativo, Car Res, es reparto en el que colaboramos todos los que pagamos.
Eliminarsalut y bon día
Haces bien en matizar.
EliminarPor supuesto que los ciudadanos son los verdaderos sufridores en este negocio, siempre interesados, de las diferentes administraciones. Cada uno soportando las tropelías y chanchullos de sus respectivas comunidades.
Salut, Cayetano ¡
EliminarDiré algo que no, sospecho, no será muy popular, las comunidades no deberían existir más que como un ente administrativo sin apenas poder... Al menos tal y como han sido montadas en España y dejadas en manos de nuestros políticos patrios.
ResponderEliminarSaludos
En realidad BEAU, si lo miras friamente, esto se parece más a una confederación que a una autonomía. Mira, un estado central es una sandía, tu la partes y allí todo es igual. Una federación es como una naranja, la abres y todos los gajos se asemejan; la confederación es un racimo de uvas, todas unidas por una rama central, pero cada una diferente, una más grande, otra pasada, otra más pequeña, unas con más sol, otras ácidas...y esto, se asemeja más a las uvas que a otra cosa.
EliminarNo encuentro respuesta para que esto de los 750 millones del iva devengado por la Cocacola no entren a las arcas del Estado y de allí se repartan, porque toda España ha bebido de ese brebaje que ha entrado por el País Vasco.
Por ello era necesario esta entrada tan larga, para entender del hecho.
Salut
Me parece que te obsesionas en lo que debería ser, el Tribunal ha dado sentencia y es lo que hay. No hay más
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